El 9 de marzo de 1938, el primer gobierno de Franco promulgó la primera de las leyes Fundamentales del Estado. Así lo explica el libro “Franco sin adjetivos”[1]
“El desarrollo normativo comenzó el 9 de marzo de 1938, cuando el gobierno[2] de Franco promulgó el Fuero del Trabajo[3], que entró en vigor ese mismo día y constituyó uno de los elementos centrales del Régimen, junto con las otras siete Leyes Fundamentales del franquismo. Este Fuero definía los derechos sociales de los españoles y los principios vertebradores del Estado en materia laboral[4]. De su importancia da fe el hecho de que fuera elaborado y aprobado en 1938[5], sin esperar al final de la Guerra Civil.”
[1] https://www.sndeditores.com/libro/francisco-franco-sin-adjetivos_158908/
[2] En el que el ministro de Organización y Acción Sindical era D. Pedro González Bueno.
[3] “PREAMBULO: Renovando la Tradición Católica de justicia social y alto sentido humano que informó nuestra legislación del Imperio, el Estado Nacional, en cuanto es instrumento totalitario al servicio de la integridad patria, y Sindicalista en cuanto representa una reacción contra el capitalismo liberal y el materialismo marxista, emprende la tarea de realizar —con aire militar, constructivo y gravemente religioso— la Revolución que España tiene pendiente y que ha de devolver a los españoles, de una vez para siempre, la Patria, el Pan y la Justicia.
Para conseguirlo— atendiendo por otra parte a cumplir las consignas de Unidad, Libertad y Grandeza de España— acude al plano de lo social con la voluntad de poner la riqueza al servicio del pueblo español, subordinando la economía a su política. Y partiendo de una concepción de España como unidad de destino, manifiesta, mediante las presentes declaraciones, su designio de que también la producción española — en la hermandad de todos sus elementos — sea una Unidad que sirva a la fortaleza de la Patria”. (Núm. 505, Boletín Oficial del Estado. 10 de marzo 1938, Página 6179).
[4] Fue modificado parcialmente en 1958 por medio de la Ley de Convenios Colectivos y siguió regulando las relaciones laborales en España hasta la llegada del Estatuto de los Trabajadores, ya durante el régimen constitucional.
[5] Su redacción definitiva fue coordinada por Ramón Serrano Suñer, Abogado del Estado.
